Estos días se han movilizado los ciudadanos de algunas Comunidades Autónomas, véase Asturias y Andalucía, contrael Impuesto de Sucesiones y Donaciones que grava las herencias, bienes yderechos (también deudas) que dejan los padres a los hijos. Impuesto que no existe por ejemplo en laComunidad de Madrid, que debiera ser quién más recaudase a través del mismodada las cuantías de los patrimonios que residen en su territorio, pero no existeporque entiende que ese no gravamen genera a la larga más riqueza y porqueconsidera que los bienes de los otorgantes ya han sido sobradamente gravados envida como para que vuelvan a pagar sus herederos este impuesto por el merohecho de aceptar en su patrimonio un bien a la muerte de sus padres .Veamos el esquema :
-Cuando trabajamos pagamos en IRPF por rentas del trabajo.
-Con el dinero de nuestro trabajo, nos compramos una casa: y pagamos el IVA correspondiente o Imp Trasmisiones (según sea vivienda nueva o usada), y el Imp Actos Jurídicos Documentados.
-Mientras mantenemos esa casa, pagamos un % de su valor catastral en el IRPF como rendimiento del capital inmobiliario, además del IBI anual.
-Cuando la vendemos pagamos en IRPF por la ganancia entre el precio de compra y el precio de venta, además dela Plusvalía Municipal , incluso aunque no haya habido tal plusvalía o incluso pérdida en la transacción (ya existen sentencias que anulan el pago de plusvalía municipal en caso de que no haya existido una ganancia en la transacción) Y en el caso que nos ocupa, si no la vendo sino que la dejo en herencia a mis hijos, serán ellos quienes deban liquidar ese Impuesto de Sucesiones. En definitiva, se está solapando en diferentes grados la escala impositiva sobre un mismo bien o el origen de éste, resultando varias veces gravado lo que desvirtúa y deslegitima este voraz sistema de recaudación.